miércoles, 22 de mayo de 2013

Ciberacoso escolar. Parte 2.

Cómo intervenir en situaciones de ciberacoso escolar




¿Cómo intervenir con el menor cuando se encuentra en una situación de ciberacoso escolar?
Una vez que se ha detectado en el menor diversas manifestaciones de la posibilidad de ciberacoso escolar, y se sospecha de una situación de acoso, la mejor manera de abordarlo es a través de la comunicación y la transmisión de confianza desde los adultos que están a su alrededor.  En primer lugar, es fundamental intentar que el menor no se sienta culpable de lo que está sucediendo. En este sentido, el trabajo del adulto se debe encaminar a convencer al menor que cuenta con nuestra confianza, que comprendemos lo que ha sucedido y que estamos dispuestos a ayudarle contando con su autorización ante los pasos que decidamos dar juntos.
Por tanto, los pasos fundamentales para afrontar tal situación se basan en la comunicación, la evitación de la culpabilización y la transmisión de confianza.
Así, hay que convencerle de la necesidad de articular una respuesta efectiva y que, con la ayuda de los adultos de alrededor, aprenda y valore lo que es una salida eficaz e ineficaz ante la situación de ciberacoso. Se pueden separar y argumentar con el menor las intervenciones ineficaces (parálisis, dejar pasar el tiempo, miedo, confrontación virtual, sumisión e indiferencia) de las eficaces (documentación del caso, búsqueda y apoyo de iguales y adultos, evitación de situaciones problemáticas, utilización de respuestas asertivas, bloqueo de las vías de comunicación etc). Posteriormente debe elegirse que medidas llevar a cabo, siendo fundamental la comunicación con el centro escolar del menor. 
 
¿Qué podemos hacer ante las situaciones de ciberacoso escolar?
Cuando tiene lugar el ciberacoso, es importante documentar y denunciar la conducta de forma que pueda resolverse.
 
Pasos a seguir de forma inmediata.
  • No responda y no reenvíe mensajes de ciberacoso.
  • Conserve las pruebas que demuestran el ciberacoso. Registre las fechas, horas y descripciones de circunstancias en las que tuvo lugar el ciberacoso. Guarde e imprima capturas de pantalla, correos electrónicos y mensajes de texto. Utilice estas pruebas para denunciar el ciberacoso a los prestadores de servicios de Internet y de telefonía celular.
  • Bloquee a la persona que realiza el ciberacoso.
Denuncie el ciberacoso a las escuelas.
  • El ciberacoso puede crear un entorno conflictivo en la escuela y a menudo se relaciona con el acoso escolar en persona. La escuela puede utilizar la información para ayudar a informar sus estrategias de prevención y respuesta.
  • Las escuelas deben tratar el tema del ciberacoso con programas de prevención e intervención para el ciberacoso y acoso escolar.
Denuncie el ciberacoso a los prestadores de servicios en línea, a los servicios de correo electrónico y en las redes sociales
El ciberacoso a menudo viola los términos de servicio establecidos por las redes sociales y prestadores de servicios de Internet.
  • Proveedor de servicios de internet: Consulte sus secciones de términos y condiciones o derechos y responsabilidades. Estos describen el contenido apropiado e inapropiado. Se puede informar a la compañía que el usuario de Internet tenga contratado o a la compañía que esté usando el ciberacosador.
  • Redes sociales: Visite los centros de seguridad de las redes sociales para conocer cómo bloquear a los usuarios y cambiar las configuraciones para controlar quién puede ponerse en contacto con usted. Además, a través de las propias redes sociales como Facebook , Tuenti , Myspace , etc. se puede denunciar una página, grupo, perfil, o mensaje de forma anónima. También proporcionan un correo o formulario de contacto para informar abusos.
  • Servicios de correo electrónico: Los servicios de correo electrónico como Windows Live Hotmail , Gmail , Yahoo, etc. suelen proporcionar un correo o formulario de contacto para reportar abusos.
Denuncie el ciberacoso a las autoridades.
A diferencia del acoso sexual y del acoso laboral (a partir del 23 de Diciembre de 2010), el ciberacoso no está todavía tipificado en el Código Penal de España. Pero que el ciberacoso no esté tipificado no impide que la mayor parte de los delitos cometidos a través de las TIC (tecnologías de la información y la comunicación) sí lo esté. Estos pueden incluir: delitos contra el honor (injurias, las calumnias, acusación falsa, alteración de datos etc.), delitos contra la integridad moral (amenazas), o delitos contra la intimidad etc. Cuando el ciberacoso implica estas actividades, se considera un delito y debe denunciarse a las autoridades. 
 
 


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